¿Decidiste iniciar tu negocio en Panamá? Existen requisitos fundamentales para constituir una empresa según la legislación local. Estos pasos aseguran la protección óptima de tu inversión y minimizan riesgos potenciales. Desde 2005, Panamá ha simplificado los trámites de constitución de empresas mediante diversas reformas fiscales y comerciales.
Constitución de una Sociedad Anónima (S.A.)
Aproximadamente el 90% de las empresas en Panamá operan como sociedades anónimas. Estas estructuras protegen la identidad de los accionistas y limitan los riesgos al capital y activos. La constitución toma entre 5 y 7 días hábiles en Panamá.
Elige una Ubicación Comercial
La ubicación puede ser tu residencia personal o locales adquiridos específicamente como sede de la empresa. Puedes ser propietario o alquilar este espacio.
Obtener el "Aviso de Operaciones"
Esta es la única autorización requerida por el gobierno para iniciar tu actividad. Una vez obtenida, puedes notificar a las autoridades comerciales, fiscales y municipales tu intención de operar — en un solo paso, ahorrándote hacer solicitudes separadas a diversas entidades.
Apertura de una Cuenta Bancaria
Aunque no es obligatorio, es altamente recomendable abrir una cuenta bancaria después de constituir la empresa. Esta tarea puede ser particularmente desafiante sin conocimiento y contactos confiables en el país.
Registro de Personal
Es imperativo registrar tu personal ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Sin un contrato escrito, el gobierno tomará las declaraciones de los empleados como ciertas. Rodéate de un contador de buena reputación que realmente lleve a cabo estos registros para evitar sorpresas desagradables.
Registro ante AMPYME
Los negocios con una inversión inicial inferior a $150,000 deben registrarse ante AMPYME (Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa). Esto permite obtener beneficios fiscales, incluyendo una exención en las dos primeras declaraciones de renta.

